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Marianella Ledesma al Congreso: "Puede inhabilitar, suspender y destituir a un presidente"

La presidenta del Tribunal Constitucional señaló que el Congreso tiene otras vías si es que continúa con su preposición de destituir al presidente Pedro Castillo. Únete al canal de Whatsapp de Wapa

    Marianella Ledesma al Congreso: "Puede inhabilitar, suspender y destituir a un presidente"
    Marianella Ledesma al Congreso: Puede inhabilitar, suspender y destituir a un presidente | GLR

    La presidenta del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma, expresó su preocupación sobre la posibilidad de que el Congreso pueda pervertir mecanismos en torno a la vacancia presidencial, la cual fue emprendida recientemente contra el presidente Pedro Castillo. Expuso algunas otras vías.

    Lo que me preocupa es que perviertan figuras como la de la vacancia y no se utilicen los caminos constitucionales de los que perfectamente puede hacer uso el Congreso de manera limpia, sin mayores dudas acerca de qué es vacancia y qué no lo es, y se proceda al retiro o no del presidente”, señaló.

    Bajo esa premisa, Ledesma apuntó a uno de los artículos que están contemplados en la Constitución de 1993. “Usemos el artículo 99 que señala un procedimiento super claro: la Comisión Permanente lo acusa ante el Congreso, el Congreso decide retirarlo, con sus cargos. Sin perjuicio de que el Ministerio Público continúe con la investigación”.

    La Comisión Permanente puede acusar al presidente ante el Congreso por dos causales, por delitos o por infracción a la Constitución, que es otra alternativa. Luego, ante esa acusación de la Comisión Permanente, el Congreso toma la decisión de suspender al presidente e inhabilitarlo por diez años el ejercicio público destituirlo de su función”, agregó a Correo.

    Marinella Ledesma: "La Constitución señala el camino para botar a un presidente"

    Marianella Ledesma señaló que el Congreso puede manejarse con reglas más claras y legítimas en su afán de querer vacar al presidente Pedro Castillo y "no de manera medio esotérica".

    Algunos consideran que es una incapacidad mental que le imposibilita al presidente seguir gobernando, pero cuando estamos tratando de asociar conductas delictivas a un presidente de la República, estamos confundiendo planos", subrayó.

    "La Constitución señala el camino para botar a un presidente por haber incurrido en actos delictivos. Está en el artículo 99 de la Constitución, inclusive se señala los efectos como la inhabilitación, la suspensión y la destitución", acotó.

    Finalmente, recalcó que va a ser muy difícil que Pedro Castillo se mantenga como jefe de Estado si es que su conducta "no se ajusta a los valores sociales".

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