Hospitales y clínicas que no atiendan emergencias serán multados con más de s/2 millones
Únete al canal de Whatsapp de WapaLos establecimientos de salud que nieguen o condicionen la atención de salud de una persona en situación de emergencia serán sancionados con una multa de 500 UIT, mencionó la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) del Ministerio de Salud (Minsa).
Recuerda a los hospitales y clínicas sin excepción están obligados a brindar atención médica quirúrgica en casos de emergencia, tal como lo establece la Ley N° 27604, y negarla es una infracción muy grave que puede llevar al cierre definitivo de la institución prestadora de servicios de salud (IPRESS).
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En el caso de que un paciente ingresa por emergencia, el establecimiento no puede exigir o anteponer el pago o trámite alguno para brindar la atención en salud, ni siquiera la presentación del DNI, según el portal Andina.
Carlos Acosta Saal, jefe de Susalud, enfatizó que toda persona en situación de emergencia médica debe de ser atendida en un establecimiento de salud independientemente si tiene seguro o no y debe hacerlo lo más pronto posible.
“Una vez que el paciente no presente ningún riesgo para su vida o salud, recién se verá si tiene un seguro para que se pueda canalizar el pago o en caso no lo tuviera para que la familia pueda asumir los gastos, producto de la atención”, recalcó.
Según la ley, se entiende como emergencia cualquier situación que supone estado de grave riesgo para la vida y la salud de la persona afectada.
Wapa, no olvides que el parto es considerado una condición de emergencia, estando los establecimientos obligados a prestar atención mientras subsista el momento de riesgo para la gestante o la del niño.
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