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Congreso: Pleno no aprobó la eliminación de la inmunidad parlamentaria

Dictamen no alcanzó los 87 votos para derogar la prerrogativa constitucional que impedía que los legisladores sean procesados y arrestados sin la autorización del Parlamento. Únete al canal de Whatsapp de Wapa

    Congreso: Pleno no aprobó la eliminación de la inmunidad parlamentaria
    Dictamen no alcanzó los 87 votos para derogar la prerrogativa constitucional que impedía que los legisladores sean procesados y arrestados sin la autorización del Parlamento.

    Este sábado, poco antes de las siete de la mañana, el Pleno del Congreso aprobó la eliminación de la inmunidad parlamentaria con 82 votos a favor, 14 en contra y 25 abstenciones.

    Sin embargo, la reforma constitucional del artículo 93 de la Carta Magna, deberá ser ratificada por la ciudadanía en su conjunto en un referéndum.

    La decisión del Parlamento arribó luego de varias horas de discusión en el Hemiciclo.

    Ayer en horas de la noche, el presidente del Legislativo, Manuel Merino de Lama, puso a discusión el dictamen de la Comisión de Constitución, por un lapso de dos horas.

    Luego del rol de oradores, de efectuar los cuestionamientos al documento de trabajo, el presidente de la Comisión de Constitución, Omar Chehade, pidió un cuarto intermedio para revisar el dictamen.

    Fue ya en horas de la madrugada que el documento volvió a ser discutido en el Pleno, arribando poco antes de las siete de la mañana a una votación que aunque aprobatoria, no es definitiva, y, según el artículo 206 de la Constitución, deberá ser ratificada vía referéndum por toda la ciudadanía, como lo indicó el abogado constitucionalista Omar Cairo en sus redes sociales:

    La redacción del artículo sobre la inmunidad parlamentaria que fue aprobada con 82 votos, por otro lado, precisa que los parlamentarios:

    “... no son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emitan ni por las acciones legislativas, de representación, de fiscalización, de control político u otras inherentes a la labor parlamentaria que realicen en el ejercicio de sus funciones”.

    Asimismo, señala que solo la Corte Suprema de Justicia podrá ver los procesos penales por delitos comunes cometidos por los parlamentarios durante la duración de sus mandatos de representación.

    Bancadas responsables del fallo

    Las bancadas Podemos Perú, Fuerza Popular, Unión por el Perú (UPP) y Alianza Para el Progreso (APP) impidieron que pase al Pleno del Congreso el dictamen de reforma constitucional que buscaba evitar la postulación a cargos públicos de personas sentenciadas en primera instancia por delitos con penas mayores a cuatro años.

    El dictamen ya había sido aprobado por la Comisión de Constitución, pero para que pase al Pleno del Congreso era necesaria su incorporación en la agenda.

    ¿Qué es la inmunidad parlamentaria?

    De acuerdo al artículo 93 de la Constitución Política del Perú y el artículo 16 del Parlamento, los congresistas gozan de la inmunidad parlamentaria considerando que se trata de una “garantía procesal penal estrictamente de carácter político”.

    Del mismo modo, esta garantía no protege a los parlamentarios de los delitos comunes o fuera del ejercicio de sus funciones, ya que se tiene como fundamento “proteger a los congresistas de detenciones o procesos penales” los cuales deben estar basados en posibles alteraciones en el funcionamiento del Congreso de la República.

    Con información de: La República.

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