El Estado peruano ha lanzado dos subsidios de S/820 y S/2.070 para apoyar a familias vulnerables, disponibles a partir de septiembre. Conoce los detalles.
Únete al canal de Whatsapp de WapaEl Estado peruano ha lanzado dos importantes bonos, uno de S/820 y otro de hasta S/2.070, destinados a apoyar a las familias más vulnerables del país. Estos subsidios son una iniciativa clave para aliviar la carga económica de muchas personas y serán entregados por EsSalud a partir de septiembre. En esta nota, te brindamos todos los detalles sobre quiénes pueden acceder a estos bonos y cómo solicitarlos.
El primero de los subsidios, que asciende a S/820, está diseñado para cubrir los gastos iniciales del cuidado de recién nacidos. Este beneficio se otorgará a las madres aseguradas o a los beneficiarios de hijos de asegurados, siempre y cuando se cumplan con los aportes requeridos por EsSalud.
Por otro lado, el bono de hasta S/2.070 está destinado a cubrir los costos funerarios de un asegurado fallecido. Los familiares directos o cualquier persona que haya cubierto los gastos del sepelio pueden solicitar este apoyo económico.
Para poder recibir alguno de estos subsidios, los afiliados deben cumplir con ciertos requisitos. En el caso del bono de S/820, el asegurado titular debe haber contribuido durante tres meses consecutivos o cuatro no consecutivos en los seis meses anteriores al parto. Además, el recién nacido debe estar registrado como derechohabiente.
En cuanto al subsidio de S/2.070, el asegurado fallecido debe haber realizado contribuciones durante el mismo período de tiempo en los seis meses previos a su fallecimiento. Estos requisitos son fundamentales para garantizar que los beneficiarios puedan acceder a los bonos sin inconvenientes.
Para tramitar cualquiera de los subsidios, los solicitantes deberán presentar ciertos documentos clave. Lo primero es descargar el Formulario 1040 desde la página oficial de EsSalud o recogerlo en una de sus oficinas. Este formulario debe completarse con la información tanto del asegurado como del beneficiario, según el tipo de bono que se esté solicitando.
En el caso del bono por nacimiento, se debe adjuntar el DNI del asegurado y el del recién nacido. Para el subsidio por sepelio, es necesario presentar los recibos originales de los gastos funerarios y el DNI del asegurado fallecido. Toda la documentación debe ser entregada en una agencia de EsSalud dentro del plazo establecido.