Los peruanos deberán tener en cuenta qué sucede con las deudas en el banco de un familiar si fallece.
Únete al canal de Whatsapp de Wapa¿Sabes qué sucede si un familiar muere y tiene una deuda con el banco? Los ciudadanos deberán tener en cuenta el respaldo de un seguro de desgravamen, ello frente a cuantiosos pagos pendientes que se tienen hacia una entidad financiera. Wapa te explica lo que sucederá con los préstamos en caso de la pérdida de un familiar.
En primer lugar, se debe considerar el respaldo monetario establecido a través de un seguro de desgravamen, el cual deberá ser exigido por la entidad financiera previo a la entrega de un exorbitante préstamo hipotecario, vehicular o crédito de consumo. Al respecto, se deberá considerar qué significa realmente y en qué casos se entregaría.
El gerente legal de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg), Eduardo Chávez, explicó para un medio nacional que los peruanos podrán optar por dos tipos de modalidades activas y una pendiente de aplicación. Las existentes se encuentran relacionadas a las deudas de los fallecidos y el rol de la familia en torno al monto entregado.
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Eduardo Chávez explicó que existen dos modalidades que pueden ser elegidas por los familiares del fallecido. En este caso, expresó que la primera garantiza el saldo de la deuda y se convierte en la más solicitada.
“Cuando aseguras el saldo insoluto, si el titular del crédito fallece o queda con una invalidez permanente y total —que no le permite generar ingresos—, automáticamente la compañía de seguros se hace cargo del saldo deudor absoluto y los familiares no tienen que pagar nada”, mencionó para La República.
En el caso de la segunda opción planteada por el seguro de desgravamen, expresó que su elección es la que salvaguarda el saldo inicial de la deuda. Al respecto, mencionó que la compañía de seguros gira dos cheques: uno a nombre del banco por el saldo de la deuda y otro segundo cheque por la diferencia respecto al monto inicial a favor de los herederos.
Asimismo, agregó que el último tipo es un pago que será efectivo a partir de abril del próximo año, el cual fue oficializado a través de la Ley 31143. La norma señala el "rescate o devolución", donde se establece que si el deudor supera con éxito el contrato, tendrá derecho a rescatar parte de la prima de seguros que orientó para su respaldo.
“La parte depende del diseño del producto. Cada compañía de seguros, de acuerdo con su canal y la entidad financiera con la que trabaja, diseñará un producto y establecerá si puedes rescatar el 20%, 30% o 50%. Depende de la política comercial”, puntualiza.
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Existen ciertos casos en que el seguro de desgravamen no es aplicable, ello de acuerdo al motivo de fallecimiento. El seguro no será activado en caso el familiar muera en un choque automovilístico producto de conducir en estado etílico, es decir, tras haber ingerido una cantidad mayor a 0,5 gramos por litro de alcohol en la sangre.
En la misma línea, tampoco será aplicable si se realiza un viaje en una línea aérea no comercial y la nave se precipita en el litoral peruano. En este caso, la compañía no se hará cargo de las deudas del difunto. Asimismo, es necesario que el ciudadano informe a la aseguradora si padece complicaciones cardiovasculares o autoinmunes.