Los trabajadores del sector privado gozarán de la gratificación por Fiestas Patrias, según informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL). Dicho beneficio se le otorgará a las personas que hayan laborado por al menos un mes completo en el semestre de enero a julio. Asimismo, recibirán una bonificación extraordinaria del 9% señalado en la Ley N°30334, la cual indica que el monto otorgado corresponde a la desgravación permanente de los aportes de EsSalud.
En caso la empresa no deposite el monto completo o no lo realice a tiempo, Cristina Oviedo, abogada laboralista del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez, refiere que se incurría en una infracción grave. La sanción para las empresas por no pagar la gratificación asciende hasta S/ 99,000, es decir 22.5 unidades impositivas tributarias (UIT).
Cabe resaltar que, el trabajador puede presentar una denuncia anónima en la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral o la autoridad laboral puede iniciar una investigación de oficio para cerciorar que el pago de la gratificación por Fiestas Patrias esté realizado.
“El trabajador puede acudir a Sunafil a presentar una denuncia, que puede ser virtual. Sunafil inspeccionaría y en caso se detecte que la gratificación no ha sido pagada a tiempo, va a requerir el pago. De lo contrario, cabría una multa”, indicó Oviedo. Además añadió que “Acudiendo a Sunafil tienes mecanismo de presión, que si no cumples te multo”.
Asimismo, referente al proceso de investigación por parte de la institución, la abogada laborista explicó que “es normal que en los meses de julio y diciembre Sunafil haga operativos de oficio al azar a ciertas empresas para verificar si se hizo el pago oportuno o completo de la gratificación”. Otra opción para el trabajador de la empresa privada es acudir directamente al Poder Judicial para interponer una demanda. En este caso, el proceso suele ser más largo que presentar la denuncia anónima en la institución.